El derecho de autor en la ArgentinaAna María Cabanellas de las Cuevas
Vicepresidente del Centro de Administración de Derechos Reprográficos de Argentina, CADRA (Buenos Aires, Argentina)

Agradezco la invitación a participar en este Congreso al Instituto Cervantes, a la Real Academia y a los organizadores del Congreso. Como en otras ocasiones me siento muy honrada por haber sido invitada, en especial a esta, la primera mesa que trata el tema del derecho de autor en un Congreso de la Lengua Española.

Situación de la propiedad intelectual en Argentina, desde el punto de vista legal, político y social

En Argentina, desde el punto de vista legal, estamos en una situación de atraso legislativo. La propiedad intelectual se tutela desde el 26 de septiembre del año 1933 a través de la Ley 11.723.

Desde entonces ha tenido numerosas reformas pero nunca se actualizó en su totalidad y su texto no está acorde con las necesidades actuales.

De hecho, ha habido intentos de hacer un nuevo texto y no se ha podido lograr hasta el día de hoy; como resultado, por ejemplo, no están contemplados los problemas que surgen de las nuevas tecnologías.

Pero justo es reconocer que es una ley que proteje mucho y bien al autor y que sus artículos son muy claros.

Recientemente hemos sufrido el embate de un Proyecto de Ley de Proveedores de Internet, denominado «Ley Pinedo» (el senador que lo presentó en el Congreso), que afortunadamente perdió estado parlamentario ya que sólo beneficiaba a los gigantes de internet, en desmedro de los creadores que generan cultura y de las industrias creativas, en su conjunto.

Lamentablemente, escuchamos que van a presentar nuevamente este mismo proyecto, por lo que estamos muy alerta. No es posible que en lugar de utilizar el sistema conocido como «aviso y bajada», o notice and take down, se exija iniciar acciones legales a cada uno de los sitios en los que se está reproduciendo ilegalmente un contenido y que además sea necesario volver a iniciar acciones legales cuando se sube en otro sitio, no teniendo valor la primera declaración por parte de la justicia para otros sitios. En especial hoy, después de lo votado la semana pasada en la Unión Europea. Nos da la sensación que vamos a contramano del mundo civilizado.

En líneas generales, los políticos desconocen la importancia del derecho de autor, no sólo en lo que se refiere al enriquecimiento del acervo cultural, sino también la incidencia que tienen estas industrias en el producto bruto interno (PBI).

En el ámbito social, hay poca formación al respecto como consecuencia de lo expresado. No se considera importante proteger al creador y/o a su obra, y todos desmerecen ese esfuerzo creyendo que tienen derecho a tomar los contenidos en forma gratuita, no respetando al otro ni a su esfuerzo personal y/o económico.

Situación del sector editorial, qué preocupa a los autores y editores

Al sector editorial, hoy, en Argentina le preocupa básicamente la caída de las ventas por el impacto negativo que acarrea tanto para los editores como para los autores. Un reflejo de lo que ocurre es el registro del ISBN, desde hace varios años hay menos novedades y se imprimieron en el último año veinte millones menos de ejemplares. Es una industria que atraviesa una gran recesión y las políticas públicas no se piensan como debieran para estimular la lectura y mantener viva la industria editorial.

El Estado debería estimular esta industria cultural, por medio de ayudas que beneficien a la comunidad en su conjunto, compras para bibliotecas de las novedades editoriales, como en los países escandinavos, o compras para los colegios, como se hicieron anteriormente o como las que hoy hace Chile, que son de gran ayuda para el desarrollo de una industria nacional fuerte.

También debemos resaltar que las entidades de gestión son de gran utilidad para la industria editorial y para sus usuarios. En este orden de cosas, CADRA (Centro de Administración de Derechos Reprográficos), la entidad de gestión que representa a los editores, autores y publicaciones periódicas, no tiene el reconocimiento del Estado, lo que dificulta su actuación.

Qué son y qué soluciones aportan las entidades de gestión

Debemos hoy destacar la importancia que tienen para autores y editores las sociedades de gestión colectiva. En nuestro caso las que han sido creadas en el ámbito del libro. Las sociedades de gestión colectiva son personas jurídicas de derecho privado, por ende no gubernamentales, y sin fines de lucro. Tutelan a los creadores (autores y editores), a los cuales representan, gestionando sus derechos patrimoniales de autor o derechos conexos, en sus usos derivados.

La solución que brindan, principalmente, es el equilibro entre facilitar el acceso a la cultura y a la educación con la correspondiente compensación que deben recibir los creadores por la utilización de sus obras (art 27 de la Declaración Universal del Derecho del Hombre del 10/12/1948).

Esta gestión es imposible de llevar a cabo individualmente, por ejemplo, una editorial jurídica debería gestionar el uso de sus contenidos en todas y cada una de las Facultades de Derecho, en los juzgados, en los estudios jurídicos, y con los particulares, en especial con cada estudiante.

La entidad de gestión lo hace por mí y lo hace mucho mejor que yo, ya que representa a todos los editores jurídicos y tiene mucho más que ofrecer que los contenidos de una sola editorial con la capacidad de negociación que esto significa.

Pero yo creo que la principal función de una entidad de gestión es facilitar el acceso a la información , a los contenidos, de manera legal, contemplando las necesidades reales de los usuarios, lectores, estudiantes, investigadores, con soluciones de las necesidades particulares para todos y cada uno.

Colaboración internacional/regional

La colaboración internacional (y en lo particular, la regional) es muy importante para nuestro país en materia de propiedad intelectual. Lo es por diferentes motivos, así, por la preservación de la lengua, de los contenidos o de la mismísima cultura o por motivaciones de índole económica, fortalecen a la Propiedad Intelectual en cada país y es muy provechoso trabajar en forma mancomunada con otros países. La defensa del Derecho de Autor es tenida en cuenta por otros países y cuando esta no ocurre se los sindica como países que están «en falta» en el contexto internacional. Ejemplo de esto, son los Informes 301 de EE. UU. o lo que se incluye en la agenda en la firma de un acuerdo regional como puede ser el Mercosur-Unión Europea.

Nuestro país es un gran generador de contenidos por lo que es imprescindible la colaboración o cooperación de otros países ya que esa colaboración permitirá la libre circulación de esos contenidos. Circulación, libre y legal. Al mismo tiempo nuestro país debe permitir la circulación de contenidos de los otros países en forma protegida. Es lo normal en un mundo globalizado como el actual.

En el caso de las entidades de gestión los acuerdos internacionales nos habilitan a ofrecer a nuestros usuarios los catálogos de otros países y, al mismo tiempo, nos permiten que nuestros contenidos estén protegidos en otros países mientras que nosotros también protegemos los contenidos de nuestra contraparte.

Otros aspectos de la situación particular de Argentina como la piratería y la Administración

Para poder garantizar a los creadores sus derechos y cumplimentar con lo establecido por la Ley de Propiedad Intelectual es imperioso contar con un compromiso de las políticas públicas para el combate a la piratería y a la reproducción ilegal, ya sea con la creación de una Fiscalía Antipiratería o simplemente con la formación de conciencia para que se cumpla con lo establecido por la ley, o que los distintos operadores de la Administración pública ejerzan sus funciones, de manera tal que el que roba un libro sea perseguido y castigado de la misma manera que el que roba un auto.

Es imprescindible que en las escuelas y universidades se eduque en el respeto a la creación, a la investigación y al derecho de autor ya que sin educación y conocimiento no hay futuro posible

El camino para hacer grande a un país es la educación, es la investigación y el desarrollo y sin la correspondiente tutela de los derechos de los creadores no vamos a avanzar.

Dada la precariedad de nuestra industria editorial, considerando que nuestra sociedad de gestión CADRA no está reconocida, consideramos que no se cumple con la protección efectiva del sector y del derecho de autor de los escritores y editores, por más que estén protegidos por la vieja Ley 11.723. CADRA funciona desde 2001 como una sociedad civil sin fines de lucro, requiere de la autorización expresa de autores y editores para su gestión.

Futuro de la propiedad intelectual

En los últimos años ha aumentado de forma considerable el interés del público en gran parte, gracias a Internet, que ha puesto a los usuarios en contacto directo con los problemas de propiedad intelectual. Y es muy problable que eso continúe.

Hoy se están creando tecnologías que tendrán repercusiones fundamentales en el panorama de la propiedad intelectual. Aunque todavía no las entendemos en toda su dimensión, podemos estar seguros de que plantearán importantes desafíos en relación con la Administración, las políticas y la gobernanza en ese ámbito. También cabe prever que planteen grandes retos en materia de desarrollo dadas las enormes diferencias que se acusan en el mundo en cuanto a capacidad tecnológica.

El mundo es profundamente asimétrico. Por un lado están las economías avanzadas, que invierten billones de dólares en investigación y desarrollo, y por otro, los países de bajos y medios ingresos y las economías de transición, que se ven apremiadas a responder a montones de demandas con recursos sumamente limitados. Al mismo tiempo, se están desarrollando nuevas tecnologías y difundiéndose por todo el mundo a un ritmo sin precedentes. La principal dificultad reside en garantizar que todos los países se beneficien de la rápida difusión de esas tecnologías y que no se exacerben las inmensas diferencias que existen en capacidad tecnológica. Se trata de una cuestión de importancia crítica que exige un examen detenido.

Todo desafío va acompañado de oportunidades. Las novedades que están introduciendo esos retos no son negativas de por sí. Solo se trata de comprender cómo incidirán en el actual sistema de propiedad intelectual y en su evolución.

Papel de la educación/concienciación

A estas alturas, pocas voces discreparán con la idea de que el respeto a los derechos de autor debe fomentarse desde temprana edad. La idea de trabajar en difusión de buenas prácticas sobre el uso de la propiedad intelectual en las aulas está muy arraigada en las instituciones europeas, pero lamentablemente no es esa la situación en nuestra región. En tal sentido hay que destacar la tarea del CERLALC (Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina y el Caribe) que ha creado materiales para la enseñanza del derecho de autor y el respeto al mismo para las escuelas primarias. También en Argentina hay varias catedras para la enseñanza del derecho de autor tanto en las carreras universitaras como en los posgrados. Cuando yo estudié Derecho veíamos la Ley 11.723 como parte del derecho civil y era un punto dentro de un capítulo o tema al que no se le dedicaban más de una página del Tratado de Derecho Civil del que estudiábamos.

Crear conciencia en los jóvenes del valor económico y cultural de la propiedad intelectual es de suma importancia y debemos hacerlo no solamente centrados en los derechos editoriales, sino que también debemos considerar los temas de patentes, marcas y tecnología.

Inteligencia artificial/humana. Aportación del creador

El actual sistema de propiedad intelectual cumple bien su propósito en un gran número de aspectos, pero hay ámbitos en los que necesita readaptarse. La inteligencia artificial y las ciencias de la vida son dos campos fundamentales del avance tecnológico y científico que van a plantear importantes desafíos en relación con la propiedad intelectual y con otras esferas normativas, habida cuenta de su naturaleza multidimensional. La inteligencia artificial, por ejemplo, plantea problemas tecnológicos a la vez que económicos, que van desde la creación de incentivos para concebir sistemas de inteligencia artificial que puedan aplicarse hasta el desplazamiento del empleo. Y es inevitable que la aplicación de las tecnologías intelectuales a las ciencias de la vida, en particular, plantee problemas de ética y de gobernanza. De ahí que debamos reflexionar detenidamente sobre las consecuencias que tendrán esas tecnologías, de rápida evolución, en el sistema de propiedad intelectual y su administración.

Una de las consecuencias es que el creador se vería desplazado por la máquina con la consecuente pérdida de empleos. Otra consecuencia es la que resulta de los usos correctos o incorrectos, por ejemplo los que vemos ya, en la categoría de incorrectos, con la aplicación de la inteligencia artificial a la creación de noticias falsas (fake news).

Por qué hay que fortalecer la protección de los derechos de autor y la gestión colectiva en el siglo xxi

Los países de América Latina han obtenido en las últimas dos décadas importantes logros en el fortalecimiento del derecho de autor, en el campo legislativo, la consolidación de la gestión colectiva, la difusión de programas de enseñanza del derecho de autor en toda la región. Hay que tener en cuenta que en muchos casos estos logros obedecen a entusiasmos coyunturales y no a una visión de política pública de los gobiernos de la región.

En América Latina y el Caribe todos los países cuentan con una organización administrativa, de diferente nivel y responsabilidad, para la gestión gubernamental del Derecho de Autor, en la inmensa mayoría de ellos las oficinas nacionales no tienen un reconocimiento político ni social.

Así mismo, muchos países adelantan planes y programas que alcanzan a estructurar una política sectorial en donde el derecho de autor tiene interés, tal como sucede en la educación, la cultura, la información, el entretenimiento y las comunicaciones, entre otros; pero es difícil encontrar países que tengan una «política pública» construida a partir de la concertación de todos los sectores concernidos, comenzando por los autores, los artistas, intérpretes y titulares de derechos en general, las industrias culturales, los usuarios y el Estado mismo, a efectos de establecer un sistema que refleje los intereses de todos. Una política así concebida debería tener entre sus objetivos integrar esfuerzos para el adecuado desarrollo normativo del derecho de autor en cada país, haciendo de él un factor de crecimiento del aparato productivo, de manera que su protección constituya una oportunidad para la promoción de la creatividad nacional.

El compromiso de los Estados se orientaría a enfatizar la vigencia y el respeto al derecho de autor como disciplina que estimula la creatividad y la producción de contenidos literarios y artísticos —y no únicamente en función de sus mecanismos de represión y sanción—, como medio para hacer eficaz y eficiente la protección de los derechos.

De nada sirve una legislación si no se cumple. Es necesario garantizar efectivamente el derecho.

Que CADRA exista no sirve si el Estado no le da el reconocimiento que haría más efectivo su funcionamiento.

Una política pública debería igualmente asegurar, en ese espacio concertado, modelos de negocios que reconocieran a los autores y a los artistas su condición de proveedores de la materia prima de la sociedad del conocimiento y la información, impulsando formas de negociación que no les nieguen el legítimo derecho de lograr un bienestar a partir de lo que producen su ingenio y su talento.

¿En qué medida se plantean desafíos para la gestión?

Los desafíos tienen que ver con la creciente demanda mundial de derechos de propiedad intelectual. El lugar cada vez más central que ésta ocupa en la economía del conocimiento va a la par de un aumento en la demanda de derechos de propiedad intelectual y es probable que así siga en el futuro. En 2015, por ejemplo, se presentaron 2,9 millones de solicitudes de patente, alrededor de 6 millones de solicitudes de registro de marcas y 870 000 solicitudes de protección de dibujos o modelos industriales. Son cifras extraordinarias. Responder a esa demanda en auge es un gran desafío para las oficinas de propiedad intelectual. Pero a medida que vayan introduciéndose nuevas soluciones de tecnología será más fácil gestionar esa demanda y los procedimientos administrativos de propiedad intelectual en general.

Hoy se están creando tecnologías que tendrán repercusiones fundamentales en el actual panorama de la propiedad intelectual.

Sin embargo, es probable que la elaboración de políticas públicas sea más difícil por cuanto el actual sistema internacional no está pensado para hacer frente al tipo de cambios rápidos y radicales que se nos plantean.

Una de las soluciones sería, quizás, que la comunidad internacional cree un espacio para la reflexión colectiva y libre de riesgos, en el que los países puedan intercambiar ideas libremente y sin compromiso. Se crearían así oportunidades para allanar todavía más el terreno del entendimiento acerca de las consecuencias para la institución de la propiedad intelectual que van a tener esos radicales avances científicos y tecnológicos. En aras de ese entendimiento hay que dejar entrar en ese espacio a los que producen las tecnologías, es decir, al sector empresarial y de la innovación, de modo que los debates estén fundamentados y sean pertinentes. Además, es esencial promover la participación de todos los interesados, tanto para aclarar la función que desempeña el sistema de propiedad intelectual como para determinar qué incentivos económicos deben ofrecerse a fin de alentar y apoyar esos avances tecnológicos.

Desde esa óptica hay un gran margen para mejorar la estructura actual del sistema internacional, reforzar la cooperación mundial y fomentar una elaboración más eficaz de políticas de propiedad intelectual.